La instalación de puertas automáticas, está regulada por la norma UNE 12.635:2002, modificada por la UNE 12635:2002 + A1:2009, y desde mayo del 2012, la UNE EN 85635:2012 que establece que los requisitos que se deben seguir para adecuar una puerta automática nueva o una ya instalada de acuerdo a la Directiva de Máquinas 2006/42.
Estos requisitos se recogen también en el RD1644/2008 de octubre sobre la Comercialización y puesta en servicio de Máquinas (en vigor desde el 29 de diciembre de 2009).
Los requisitos son los siguientes:
* Realización de una documentación técnica sobre las puertas automáticas instaladas, que recojan los siguientes aspectos:
- Planos de conjunto y circuitos de mando.
- Plano de conjunto que nos dé una imagen global de la puerta.
- Esquemas eléctricos de los circuitos de mando.
- Explicaciones necesarias para la comprensión de los esquemas.
- Planos detallados y completos para comprobar que la máquina cumple los requisitos de seguridad y salud.
- Lista de requisitos esenciales de la directiva de máquinas.
- Lista de las normas y otras especificaciones técnicas utilizadas en el diseño
- Soluciones para prevenir los riesgos presentados por la maquina
- Expediente técnico y Declaración de conformidad
- Manual de instrucciones de uso y mantenimiento y libro de registro de inspecciones, mantenimiento y reparaciones.
* Emisión y colocación en la propia puerta, de una etiqueta de carácter permanente donde figure:
- La razón social y la dirección completa del fabricante, y en su caso, de su representante autorizado
- La designación de la máquina, es decir el marcado CE.
- La designación de la serie o del modelo.
- El número de serie del Expediente Técnico
- El año de fabricación, es decir, el año en el que finaliza el proceso de fabricación.
Además, a través de una modificación del CTE publicada en el BOE de abril del 2009, se establece la necesidad de pasar unas inspecciones de mantenimiento por parte de la empresa instaladora de la puerta con personal especializado y cualificado.